Matriculación y Revisión Técnica vehicular

Particular a Público

Requisitos

  1. Original de cédula de propietario.
  2. Original de la matrícula. En caso de pérdida de la denuncia realizada ante la autoridad competente. www.funcionjudicial.gob.ec, debidamente registrada en el Juzgado de Contravenciones.
  3. Copia del permiso de operación; o resolución en donde conste la habilitación del vehículo; o copia de la notificación favorable donde conste el vehículo en el caso de permiso de operación o incremento de cupo.
  4. Validación de la Resolución de cambio de socio o de unidad del comprador, otorgada por el organismo de transito según corresponda.
  5. Validación del título habilitante vigente debidamente otorgado por el organismo de transito competente.
  6. Entregar placas físicas originales. En caso de pérdida de placas, presentar la denuncia realizada ante la autoridad competente. www.funcionjudicial.gob.ec, debidamente registrada en el Juzgado de Contravenciones.
  7. Si se va a realizar transferencia de dominio, se debe presentar el original del documento de adjudicación legalizado. (Contrato de compra venta, escritura de sorteos, rifas, donaciones, prescripción adquisitiva, posesión efectiva, terminación de fideicomiso, herencia, contrato de adhesión, etc.), según corresponda.
  8. Original y copia de la licencia de conducir profesional acorde a la categorización de la misma.
  9. En caso de no tener licencia profesional se debe adjuntar el contrato de trabajo inscrito en el Ministerio de Trabajo.
  10. Validación en el sistema informático de la ANT que no tiene deudas pendientes por infracciones de tránsito o convenios de pagos.
  11. Aprobado de revisión técnica vehicular.
  12. Validación del pago de matrícula del año en curso.
  13. Factura del cambio de color o levantamiento de improntas de motor y chasis (esto se lo realiza en las instalaciones del centro de matriculación).
  14. Pasar por revisión de valores.

IMPORTANTE

  • Persona Natural: El trámite puede ser realizado por un familiar directo (primer grado de consanguinidad) o por el cónyuge presentando únicamente la cédula de ambas partes. En caso de ser realizado por una tercera persona se debe adjuntar el poder especial actualizado, (mínimo 2 años a partir de la fecha de emisión del mismo, caso contrario, presentar la no revocatoria emitida en la misma notaria donde se obtuvo el poder).
  • Persona Jurídica: En caso de ser realizado por una tercera persona se debe adjuntar la carta de autorización suscrita por el representante legal de la empresa, cédula y papeleta de votación del solicitante y de la persona autorizada.